¿DUDAS?
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Muchos propietarios no residentes en España, que pagan el impuesto municipal sobre la propiedad cada año (I.B.I. - Impuesto sobre bienes inmuebles), están convencidos de que este es el único impuesto que deben pagar. Pero no es del todo cierto. De acuerdo con las leyes fiscales de España, el NO RESIDENTE - propietario de los bienes inmuebles está obligado a presentar una declaración anual IRNR - Impuesto anual de no residente). Este impuesto se paga independientemente de si la propiedad se alquila o no. El propietario presenta la declaración IRNR para cada propiedad que posee. Pongamos un ejemplo: un apartamento y un garaje en el territorio de España. Ambas propiedades están registradas como dos objetos inmobiliarios independientes. Por lo tanto se debe presentar dos declaraciones: 1 - para el apartamento y la segunda - para el garaje. En el caso de que las propiedades sean de una pareja casada, deberán presentarse 4 declaraciones. No es posible combinar todas las propiedades y presentarlas en una declaración. El valor del impuesto sobre la propiedad debe ser proporcional a la cantidad de días que este en la posesión, y se divide entre todos sus propietarios.
¿Qué hacer si no pagué el impuesto IRNR o alteré el plazo para presentar la declaración?
Si no ha pagado el impuesto IRNR y ya ha alterado los plazos para presentar la declaración, no se preocupe, esto es algo bastante común. Ahora tiene dos opciones:
En cualquier caso, e incluso después del pago voluntario del impuesto con alteración del plazo, recibirá una carta llamada "PROPUESTA DE LIQUIDACIÓN DE RECARGO POR PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO DE AUTOLIQUIDACIÓN", en la que se le pedirá que pague una multa y penalidades por el retraso del pago del dicho impuesto.
Si recibió una carta llamada "PROPUESTA DE LIQUIDACIÓN DE RECARGO POR PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO DE AUTOLIQUIDACIÓN" y no está de acuerdo con la sanción y las penalidades acumuladas, puede recurrir esta resolución dentro de los 15 días hábiles.
Si acepta esta multa y penalidades, puede dejar esta carta sin respuesta y esperar el recibo de pago, que vendrá con una carta llamada LIQUIDACIÓN DE RECARGO POR PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO DE AUTOLIQUIDACIÓN. Puede pagar dicho recibo con un código de barras en la sucursal bancaria indicada en la carta de notificación.
¡Importante! Si usted es propietario de bienes inmuebles en España y alquila su propiedad, el impuesto IRNR se calcula sobre la base de los ingresos del alquiler.
Un propietario NO RESIDENTE que alquila su propiedad debe presentar una declaración IRNR cada trimestre. El plazo para presentar y pagar el impuesto está limitado a los 15 días de cada trimestre, es decir (hasta el 15 de abril, 15 de julio, 15 de octubre y 15 de enero).
Alquiler vacacional del inmueble:
La situación más difícil surge cuando, dentro de un año calendario, el propietario NO RESIDENTE alquila su apartamento por un período corto o largo. Deberá presentar:
Coste del servicio: 25,00 € + 21% IVA / por declaración.
Duración: 3-5 días hábiles.
Listado de la documentación necesaria para el registro de declaraciones IRNR:
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